Perú: si tienes discapacidad severa sigue estos pasos para obtener el carné amarillo y viaja gratis en el transporte público
¿Sabías que las personas con discapacidad severa (visual, física y psicológica entre otras) que estén inscritas en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) tienen derecho a un pase libre para viajar en el transporte público?
El carné amarillo es un documento que otorga pase
libre en el servicio de transporte público terrestre urbano e interurbano. A
nivel nacional hay 171 913 personas inscritas en el Registro Nacional de la
Persona con Discapacidad Severa y que cuentan con dicho carné.
Para obtener tal documento se debe ingresar a la
página web del Conadis (http://sirnpdpide.conadisperu.gob.pe/) y buscar el
punto ‘Mi registro en todo el Perú’. Allí se introduce el Certificado de
Discapacidad que se otorgan en los centros hospitalarios acreditados por el
Ministerio de Salud o clínicas autorizadas.
En dicho certificado se debe especificar que la
persona tiene discapacidad severa. Este documento, junto al procedimiento de
inscripción gratuito en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad,
permitirá obtener el carné amarillo. Asimismo, se debe tener escaneado el
certificado de discapacidad y una foto tamaño carnet para adjuntarlo.
En el caso de que la persona que llena el formulario
representa a una persona con discapacidad mayor de edad, debe tener una carta
poder simple para hacer el trámite.
El carnet amarillo no tiene costo alguno y se puede
tramitar vía Internet. Además, posee un código QR, que puede ser leído por
cualquier teléfono móvil para corroborar que la persona tiene discapacidad severa.
Las víctimas pueden denunciar a las empresas de
transporte público que no respeten el uso del carné amarillo en la comisaría
más cercana, en las sedes de las municipalidades, en la Autoridad de Transporte
Urbano (ATU) o en el Conadis.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC)
exhorta a los transportistas a cumplir con la norma. El ‘Pase libre’ es un
beneficio otorgado por la Ley N° 30412 para que las personas con discapacidad
severa puedan hacer uso del transporte público urbano e interurbano de manera
gratuita.
Los fiscalizadores de la ATU verifican que no se
vulnere el mencionado derecho y tienen la facultad de multar a la empresa de
transportes que incumpla la norma. Los infractores pueden recibir una sanción
de hasta el 20 % de una UIT, más la suspensión de la habilitación del vehículo
para prestar el servicio.
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